07 enero, 2015

NORMATIVA DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE LA ESCUELA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ.

NORMATIVA DE TRABAJOS FIN DE GRADO
 
Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, indica que todas las enseñanzas oficiales de grado concluirán con la elaboración y defensa de un trabajo de fin de Grado.

El Trabajo de Fin de Grado (en adelante TFG) tendrá 6 créditos, deberá realizarse en el segundo cuatrimestre de quinto curso y estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al título de grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo.

La presente normativa supone un marco específico para todos los TFG realizados en el grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo.


1. Ámbito de Aplicación y Desarrollo.


1.1. Esta normativa contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa de los TFG que se establezcan en el plan de estudios de grado en Fundamentos de la Arquitectura y Urbanismo.

1.2. El contenido de esta normativa se completa con el resto de reglamentaciones y procedimientos de la Universidad de Alcalá que se encuentren en vigor y que se refieran, entre otras, al sistema de evaluación, al reconocimiento y transferencia de créditos, y a la movilidad de los estudiantes.

1.3. Los aspectos relativos al reconocimiento de las actividades del tutor en su dedicación docente serán regulados por la Comisión de Planificación Académica y Profesorado y quedan, por tanto, fuera del ámbito de la presente normativa.

2. Características del Trabajo Fin de Grado


2.1. El TFG es un trabajo original, autónomo e individual que cada estudiante realizará bajo la orientación de un tutor que permitirá al estudiante mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de Grado en Fundamentos de la Arquitectura y Urbanismo. El término original queda referido a que en ningún caso pueda ser un trabajo plagiado ni presentado con anterioridad por el alumno en alguna otra asignatura, no siendo necesario que sea un trabajo inédito.

2.2. La carga de trabajo asociada al TFG, relativa al estudiante, debe corresponderse con los 6 créditos ECTS que otorga el plan de estudios.

2.3. El contenido de cada TFG corresponderá a uno de los siguientes tipos:
  1. Trabajos experimentales o teóricos relacionados con el ámbito de la arquitectura.
  2. Trabajos relacionados con la titulación, que podrán desarrollarse en Departamentos o Centros de otras Universidades o Instituciones así como en empresas. Para esta modalidad será necesario contar con un tutor adicional, como se especifica en el punto 3.3, perteneciente a la institución donde se realizará el TFG. La normativa de la Universidad solo permite utilizar el trabajo realizado en la memoria de prácticas como TFG si las prácticas externas no son obligatorias, como es el caso del Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo.
  3. Trabajos de revisión e investigación bibliográfica centrados en diferentes campos relacionados con la titulación.
  4. Otros trabajos, teóricos o prácticos, que corresponderán a ofertas de los Departamentos que impartan docencia en el grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo o de los propios estudiantes, no ajustadas a las modalidades anteriores.

2.4. Los TFG podrán adaptarse a dos modalidades:
  • Generales: Cuando son ofertados, dentro de una temática general, para ser desarrollados individualmente por un número no determinado de estudiantes.
  • Específicos: Cuando la temática a desarrollar está concretada para un único TFG.

3. Tutor académico y Cotutor.


3.1. Todos los TFG serán realizados bajo la supervisión de un tutor académico que actuará como director del TFG. Es misión del tutor supervisar al alumno en la toma de decisiones que afecten a la estructura del trabajo, metodología, tratamiento de los temas, correcta presentación, orientación bibliográfica y facilitar la gestión.

3.2. Podrá actuar como tutor cualquier profesor que imparta docencia en el Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo.

3.3. En los TFG realizados en instituciones o empresas externas a la Universidad de Alcalá, existirá la figura de un cotutor perteneciente a la institución o empresa. En estos casos, el tutor académico compartirá con el cotutor las tareas de dirección y orientación del estudiante, siendo en cualquier caso responsabilidad del tutor académico facilitar la gestión.

3.4. El departamento correspondiente será responsable de la sustitución del tutor, temporal o permanente, cuando se den casos de baja prolongada o se produjera la finalización de la relación contractual con la Universidad de Alcalá.

3.5. Los horarios de tutorías para la supervisión de los TFG específicos se establecerá de mutuo acuerdo entre el alumno y su tutor correspondiente. Los horarios de tutorías de los TFG generales vendrá especificado en el horario aprobado en Junta de Escuela.

4. Elección del tema del Trabajo y asignación del tutor.


4.1. Los Departamentos que impartan docencia en el grado podrán realizar propuestas de TFG (tema y tutor), que cumplirán con los requisitos establecidos en el punto 2 de esta normativa, en las que se detallará la línea de trabajo a seguir así como los objetivos del TFG. Además, en la realización de la oferta, se velará especialmente por adecuar la carga de trabajo con los 6 créditos ECTS asignados al TFG. La Junta de Escuela aprobará o rechazará las propuestas de TFG remitidas por los Departamentos.

4.2. Los estudiantes podrán optar por dos procedimientos diferenciados:
  • Solicitar alguno de los TFG ofertados por los Departamentos a los que se refiere el punto anterior.
  • Proponer un tema propio, de acuerdo al punto 2 de esta normativa, que suscite su interés. Para tal fin, deberá realizar una solicitud documentada en la que se debe incluir una introducción, una breve descripción del trabajo a realizar, los objetivos del TFG, planificación y recursos necesarios para su realización.
Si el TFG se va a realizar en una Universidad o Institución externa a la UAH, se hará constar de esta manera, adjuntando un informe del posible cotutor en el que manifieste el interés por el proyecto presentado. Dicha solicitud se presentará ante el Departamento correspondiente, quien decidirá si avala la propuesta y la integra, por tanto, dentro de la oferta de la que se hace responsable. En caso de ser aceptada la propuesta por parte de la Junta de Escuela, este TFG quedaría ya asignado al alumno proponente.
El plazo de presentación de solicitud de aceptación del tema finalizará dos meses antes de la primera convocatoria oficial de TFG del año académico en cuestión.

4.3. En los casos descritos en el anterior punto en los que un Departamento rechazara la propuesta realizada, deberá notificar tal hecho al alumno, indicando los motivos de tal rechazo. La decisión que tome al respecto el Departamento no podrá ser recurrida por el alumno.

4.4. La asignación de los estudiantes a los diferentes trabajos propuestos por los Departamentos y solicitados por los estudiantes será delegada a la Comisión Permanente de la Junta de Escuela.
Cuando concurran varias solicitudes a un mismo TFG, los tutores llegarán a un acuerdo con los alumnos para enfocar los TFG por ramas diversas. De no ser posible, los tutores tomarán la decisión oportuna, remitiéndola a los estudiantes y a la dirección de la Escuela .

4.5. La Junta de Escuela hará pública la asignación de cada alumno con cada TFG y tutor asignado una semana después del día límite para entregar la solicitud de aceptación del tema en el tablón de anuncios de la Dirección de Escuela y en la página web de la Escuela de Arquitectura.

4.6. En el caso de que exista un número de estudiantes matriculados superior al número de trabajos propuestos en la oferta docente. la Junta de Escuela debe instar a los Departamentos a presentar nuevos temas, así como el porcentaje correspondiente para cubrir la oferta docente en su totalidad, en coherencia con las competencias e itinerarios desarrollados para obtener el título.

4.7. La adjudicación de un TFG y de un tutor académico tendrá una validez máxima de dos años, transcurridos los cuales el alumno tendrá que volver a realizar un nuevo proceso de solicitud. Si la solicitud partiera del alumno, debería ser sensiblemente diferente a la adjudicación del TFG para el que haya agotado su plazo máximo. El plazo al que hace referencia la validez del TFG comprende desde el momento de su adjudicación hasta el momento de depósito del mismo.

4.8. El estudiante que quiera realizar un cambio de tutor o tema deberá solicitarlo por escrito a la Junta de Escuela, de manera motivada y en el plazo que determine la Junta de Escuela. A la vista de la solicitud, la Junta de Escuela resolverá, en el plazo que establezca, si es posible o no atender a la misma procediendo, en su caso, a la asignación de un nuevo tutor y TFG, tomando en consideración las opiniones de los interesados.

4.9. La Comisión Permanente de la Junta de Escuela se hará cargo de los recursos presentados contra las decisiones a las que aluden los puntos 4.4 y 4.8. La solicitud de recurso será excepcional, deberá estar motivada y se presentará dirigida a la Dirección de Escuela en el plazo de cinco días hábiles a partir de haber hecho pública la decisión. La Comisión Permanente nombrada dispondrá de un máximo de un mes natural para adoptar una decisión motivada.

5. Tribunal de Calificación del TFG


5.1. El TFG será calificado por un único profesor, que necesariamente coincidirá con el tutor del mismo.

5.2. La Junta de Escuela nombrará un Tribunal de Calificación del TFG, cuyo cometido será la redacción de un acta que recoja las calificaciones emitidas por los tutores de los TFG de una misma convocatoria. Así mismo, el Tribunal de Calificación propondrá, si procede, las matrículas de honor según lo dispuesto en el punto 8.7.

5.3. El Tribunal de Calificación, presidido por la Dirección de Escuela, estará compuesto por 4 profesores, que impartan docencia en el grado, representando a todas las áreas del conocimiento que imparten docencia. La dirección de la escuela no ejercerá la representación de ningún área.

6. Matrícula


6.1. Para poder realizar la matrícula en el TFG será requisito imprescindible tener matriculadas todas las asignaturas requeridas para finalizar el plan de estudios. No obstante, el TFG debe ser defendido y evaluado una vez que se tenga constancia fehaciente de que el estudiante ha superado todas las materias restantes del plan de estudios y dispone, por tanto, de todos los créditos necesarios para la obtención del título de Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo, salvo los correspondientes al propio TFG.

6.2. La matrícula del TFG se realizará en los períodos oficiales de matriculación de los estudios de grado.

6.3. La matrícula del TFG da derecho a dos convocatorias en un mismo curso académico, siempre que se den las condiciones del punto 6.1.

6.4. Aquellos alumnos que, habiéndose matriculado previamente y habiendo depositado el TFG no puedan defenderlo a lo largo del curso en vigor por no cumplir el requisito expuesto en el punto 6.1 de haber superado todos los créditos a excepción de los propios del TFG, se matricularán en el periodo ordinario de matrícula en un código especial de forma que solo se les cobrará los derechos de examen, esto es, el 25 % del coste en primera matrícula. En ningún caso podrán matricularse de esta modalidad quienes no se hubieran matriculado previamente de forma ordinaria en el TFG ni quienes no hubieran depositado el TFG con carácter previo al periodo ordinario de matrícula.

7. Memoria del TFG


7.1. Cada alumno deberá realizar una memoria en la que se incluya el desarrollo del trabajo realizado y en la que deberán constar, al menos, los apartados de resumen en castellano y en inglés, palabras clave, introducción, un apartado de desarrollo en el que se desarrolle el trabajo realizado, resultados, conclusiones y bibliografía.

7.2. En los TFG presentados en la Escuela de Arquitectura no se establecen normas de estilo o extensiones mínimas. En cualquier caso, todos los TFG deberán contener una portada en la que se detalle el título del TFG, nombre del alumno, nombre del tutor y del cotutor si lo hubiera y el año en que se presenta, junto con el indicativo “Trabajo de Fin de Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Urbanismo. Escuela de Arquitectura de la Universidad de Alcalá”. Si la Junta de Escuela lo admite, la memoria podrá ser redactada en cualquier idioma oficial de la Unión Europea

7.3. Una vez realizada la memoria, para poder ser calificada por el tutor del TFG, el alumno deberá depositar al menos una copia encuadernada (siempre que la naturaleza del TFG lo permita) y dos copias en formato electrónico.

7.4. Para poder realizar el depósito del TFG el alumno deberá estar matriculado y contar con la aceptación por parte del tutor. Una vez depositado, el estudiante recibirá un documento acreditativo de que el depósito ha sido realizado. No es requisito para el depósito tener todos los créditos superados a excepción de los propios del TFG, pero sí será requisito para poder exponerlo y calificarlo.

7.5. El depósito del TFG deberá realizarse con un plazo mínimo de cinco días hábiles antes de la exposición pública del TFG.

8. Presentación, calificación y exposición del TFG


8.1. La fecha de presentación del TFG será el último día del periodo de exámenes correspondiente a la convocatoria de junio del año académico correspondiente. La fecha de presentación del tfg en convocatoria extraordinaria se realizara en septiembre , a fecha a determinar por la junta de escuela . En un plazo máximo de 10 días hábiles, el Tribunal de Calificación deberá recibir por parte de los tutores correspondientes las calificaciones de los TFG .

8.2. La exposición del TFG se hará en acto público debiendo ser notificada con suficiente antelación al estudiante la fecha, hora y lugar donde tendrá lugar dicha exposición.

8.3. La exposición del alumno sobre los objetivos, metodología y principales conclusiones del Trabajo no podrá superar los 15 minutos, mientras que la totalidad del acto público de exposición y defensa no podrá superar los 30 minutos.

8.4. La calificación se otorgará conforme a la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que se añadirá su correspondiente calificación cualitativa:
  • 0 - 4,9: Suspenso (SS).
  • 5,0 - 6,9: Aprobado (AP).
  • 7,0 - 8,9: Notable (NT).
  • 9,0 - 10: Sobresaliente (SB).

8.5. En el caso de que un TFG obtuviera la calificación de suspenso, el tutor hará llegar un informe al estudiante y al tribunal con los criterios que han motivado dicha calificación. Además realizará una serie de recomendaciones para mejorar la calidad del mismo.

8.6. En los casos en los que se haya otorgado la calificación de sobresaliente, el Tribunal podrá otorgar la mención de Matrícula de Honor a los TFG que considere oportunos, acompañado de un informe que justifique la concesión de dicha mención.

8.7. De conformidad a lo dispuesto en el REAL DECRETO 1125/2003, de 5 de septiembre de 2003, el número de menciones de Matrícula de Honor no podrá exceder el cinco por ciento de todos los alumnos matriculados salvo que el número sea inferior a veinte, en cuyo caso solo podrá ser concedida una mención.

8.8. La Comisión Permanente de la Junta de Escuela, como indica el punto 4.9 atenderá los recursos presentados por aquellos alumnos contra la decisión adoptada por el tutor. Dichos recursos, deben ser excepcionales, debidamente motivados y se presentarán dirigidos a la Dirección de Escuela en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la defensa del TFG. La Comisión permanente tendrá un plazo máximo de 15 días para adoptar una decisión motivada.

9. TFG Realizados en el Extranjero.


9.1. De acuerdo a los apartados 3.3 y 4.2 de esta normativa, los estudiantes pueden solicitar la adjudicación de un TFG en una Universidad o Institución Extranjera, siempre que cuente con un convenio de colaboración con la Universidad de Alcalá correspondiente. La Comisión Permanente de la Junta de Escuela, si estima que el TFG propuesto es de interés, asignará un tutor de la Universidad de Alcalá y solicitará un cotutor a la Universidad de destino.

9.2. En cualquier caso, no podrá producirse la exposición sin que la memoria haya sido remitida al tutor de la Universidad de Alcalá y éste haya dado su visto bueno junto con un informe para el Tribunal de Calificación.

9.3. En caso de que el TFG sea presentado ante un Tribunal de Calificación de una Universidad o Institución extranjera, éste debe otorgar un documento en el que conste la calificación obtenida, la fecha de la defensa y el número de créditos ECTS del TFG realizado. El estudiante deberá remitir a la Comisión Permanente de la Junta de Escuela las copias impresas a las que hace referencia el punto 7.3 junto con el documento en el que conste la calificación y el visto bueno del tutor de Alcalá. Una vez completados estos trámites y habiendo formalizado su matrícula en el TFG en la Universidad de Alcalá, la Comisión Permanente de la Junta de Escuela cumplimentará el acta de calificación.

9.4. El Tribunal de Calificación de la Universidad o Institución extranjera podrán proponer la mención de matrícula de honor.
 
9.5. En el caso de que la defensa haya sido realizada en el extranjero y si el tutor de la Universidad de Alcalá estima interesante la temática del TFG, podrá proponer al alumno que realice una exposición del TFG. Esta exposición se hará pública y los asistentes podrán realizar cuantas preguntas estimen oportunas con un plazo máximo de una hora. En cualquier caso, la calificación otorgada por el Tribunal de Calificación no podrá ser variada, pero la comisión podrá emitir un informe que será valorado si se ha solicitado la mención de matrícula de honor.

Disposición final

Esta normativa entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta de Escuela de Arquitectura de la Universidad de Alcalá

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