06 mayo, 2013

LA LSP debe cumplir con la Directiva Europea 2005/35/CE


"La creación arquitectónica, la calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto de los paisajes naturales y urbanos, así como del patrimonio colectivo y privado, revisten un interés público.
En consecuencia, el reconocimiento mutuo de títulos de formación debe basarse en criterios cualitativos y cuantitativos que garanticen que las personas que posean títulos de formación reconocidos puedan comprender y dar una expresión práctica a las necesidades de los individuos, de los grupos sociales y de colectividades por lo que respecta a la organización del espacio, el diseño, organización y realización de las construcciones, la conservación y valorización del patrimonio arquitectónico y la protección de los equilibrios naturales." (ARTÍCULO 27 de la Directiva Europea 2005_35CE)
más info sobre el desarrollo de dicha propuesta de ley en http://www.colectivosarquitectura.com/?xg_source=msg_mes_network

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